Artículo 1. Llamado a concurso: Llámase a concurso para otorgar el premio “Asociación Argentina de Derecho Procesal” correspondiente al año 2026. El premio será otorgado a la mejor ponencia sobre alguno de los temas del XXXIII Congreso de Derecho Procesal, que se celebrará los días 5, 6 y 7 de noviembre de 2026, en la Ciudad de la Plata, Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2. Requisitos: Contar con título de profesional en derecho obtenido en universidades nacionales o extranjeras válidos en la República Argentina. No podrán participar en este concurso: a) quienes estén a cargo de la Presidencia o Vicepresidencia de alguna de las Comisiones del Congreso; b) quienes se desempeñen como ponentes generales del XXXII Congreso Nacional; c) los miembros del Comité Ejecutivo de la AADP; d) quienes integren el Jurado al que se refiere el artículo 3.
Artículo 3. Jurado, dictamen y decisión: El jurado será designado por el Comité Ejecutivo de la Asociación Argentina de Derecho Procesal. El dictamen de dicho Jurado será considerado y aprobado por el Comité, cuya decisión será irrecurrible.
Artículo 4. Requisitos de los trabajos: Para ser admitidos en el concurso, el trabajo: a) debe ser inédito; b) debe cumplir rigurosamente los requisitos establecidos en el Reglamento General del XXXIII Congreso Nacional de Derecho Procesal para las ponencias particulares, indicando en la carátula que el ponente se postula para el “Premio AADP”; c) debe cumplir con las condiciones establecidas en este reglamento sobre el uso de herramientas de inteligencia artificial; d) debe ser remitido hasta el 19 de octubre de 2026 a la dirección de correo electrónico de la AADP: aadproc@gmail.com; e) debe ser enviado bajo seudónimo, indicando en el correo electrónico en el que se adjunte el trabajo el nombre real del postulante. El seudónimo no debió de haber sido usado antes por esa misma persona. La Secretaría del Comité Ejecutivo adoptará todas las medidas razonables para resguardar el anonimato de los trabajos remitidos y solo revelará su autoría real cuando el Jurado haya dictaminado sobre el premio. En caso de haberse remitido una ponencia antes del 26 de julio de 2026 cuyo autor/a desee que participe en el concurso, podrá remitirla nuevamente hasta la fecha prevista en este artículo y cumpliendo el resto de las condiciones de este reglamento. En tal caso: a) deberá indicar en el correo respectivo que el trabajo ya fue remitido como ponencia individual; y b) podrá modificarlo de considerarlo adecuado.
Artículo 5. Uso de inteligencia artificial y reglas éticas de postulación: Los postulantes deberán observar una conducta de estricta integridad académica y profesional en la elaboración de sus trabajos. Respecto al uso de herramientas de Inteligencia Artificial (IA), se establecen las siguientes reglas obligatorias: a) Uso permitido: Se autoriza el empleo de IA exclusivamente como soporte técnico complementario, limitado a la corrección gramatical, mejora de estilo, traducción o formato de citas. b) Prohibición de autoría: queda estrictamente prohibido el uso de IA para generar ideas originales, hipótesis, interpretaciones jurisprudenciales, análisis jurídicos centrales o la redacción íntegra de secciones del manuscrito. c) Obligación de revelación: todo postulante que haya utilizado herramientas de IA en cualquier etapa de la preparación de su trabajo deberá incluir, de forma obligatoria, una declaración explícita que detalle la herramienta utilizada y el alcance de su uso; d) Responsabilidad exclusiva: el postulante será el único responsable de la veracidad, originalidad e integridad de la totalidad del texto entregado, incluyendo la verificación de las fuentes y citas aportadas. e) Incumplimiento: la omisión de la declaración de uso de IA, el plagio o la atribución como propia de una contribución sustancial generada por herramientas tecnológicas, será motivo de descalificación automática del concurso, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan.
Artículo 6. Declaración jurada: La postulación de un trabajo para participar del concurso implicará automáticamente prestar declaración jurada de conocer los alcances de este reglamento y de haber respetado las condiciones establecidas en él respecto su elaboración.
Artículo 7. Premio: El trabajo ganador será publicado por la Editorial Rubinzal-Culzoni, de Rubinzal y Asociados S.A. Su autor o autora obtendrá un diploma o acreditación especial, una orden de compra de libros en la Editorial Rubinzal por la suma de $300.000 (pesos trescientos mil) y la suscripción a Rubinzal On Line por un año.
Artículo 8. Interpretación: El Comité Ejecutivo de la AADP podrá aclarar toda duda que surja en la interpretación de estas normas y tendrá a su cargo decidir sobre cualquier cuestión no prevista. Las decisiones adoptadas en cumplimiento de este artículo serán irrecurribles.
Destinatarios: abogados con menos de treinta y cinco años, inscriptos en el XXXIII Congreso Nacional de Derecho Procesal y que presenten ponencia en los términos de su reglamento, sobre cualquiera de los temas aprobados en el mismo.
Forma de participar: al presentar la ponencia en aadproc@gmail.com conforme al Reglamento del Congreso, deberá consignarse la voluntad de participar en el CONCURSO MEJOR PONENCIA FUNDESI, y colocar como destinatario en copia el correo electrónico fundesi@fundesi.org.ar.
Fecha límite para participar: se recibirán ponencias a los efectos del concurso hasta el lunes 19 de octubre de 2026.
Premio: el premio consiste en la entrega de un Diploma, el reintegro en efectivo del importe abonado por la inscripción al congreso y la publicación del trabajo en la Revista de Derecho Procesal de la Editorial Rubinzal-Culzoni Editores.
Jurado: el Jurado estará integrado por los Dres. Claudia Sbdar, Matías Sucunza y Leonel González Postigo, con la facilitación de la Secretaria Académica de Fundesi, Ana Clara Pauletti. El tribunal decidirá en forma inapelable cual es la mejor monografía.
Anuncio y entrega del premio: se concretará en el transcurso del XXXIII Congreso Nacional de Derecho Procesal, y será entregado por el Dr. Roland Arazi, presidente de Fundesi y el Dr. Osvaldo Prato, secretario de dicha fundación.
Para más información o consultas: www.fundesi.org.ar